Abren los boliches en Puerto Rico
A través de la resolución 4372021-A, el municipio de Puerto Rico autoriza las actividades de discotecas, locales bailables y afines.
Una de las actividades que más demoró en habilitarse, sin dudas, es la de los boliches bailables. Si bien, varios locales decidieron reconvertirse en bares, sus clientes debían permanecer siempre cerca de sus mesas y bailar en la burbuja indicada.
Desde hoy, el municipio de Puerto Rico, considerando los reclamos por parte de los distintos sectores empresariales del rubro, sumado a la demanda por parte del público, el crecimiento de eventos clandestinos sin control, el avance del plan global de vacunación, y que en Puerto Rico, la situación epidemiológica se encuentra controlada y sin picos de contagio, publicó con fecha del 20 de octubre, la resolución 4372021-A, “establecer la apertura de actividades de Discotecas, locales Bailables y afines, que se lleven a cabo en los establecimientos debidamente habilitados como tales, hasta las 5 am, debiendo respetar las capacidades permitidas que garanticen distanciamiento de carácter obligatorio de 2 metros entre persona y persona dentro de los mismos”.
La resolución indica además, que “la actividad habilitada, deberá cumplimentar con los requisitos de bioseguridad e higiene exigido en razón a la lucha contra el COVID 19, como ser, control de temperatura a los clientes que ingresen a los locales, higienización o desinfección de manos con alcohol diluido 70/30 con agua; los locales deberán poner a disposición de sus clientes elementos de bioseguridad, como alcohol en gel, alcohol o lavandina diluida con agua para la higienización de manos y objetos, en el ingreso, acceso a sanitarios, barra, como así también en todo otro espacio común, las personas que concurran deberán ingresar, circular y egresar con barbijo o tapabocas”
Respecto al personal, el texto indica, “los que desempeñen algún tipo de tareas en las discotecas, locales bailables o afines sin importar las mismas, es decir mozos, cajeros, cocineros, ayudantes, auxiliares o cualquier trabajador del lugar, deberá usar barbijo o tapabocas, en caso que necesiten quitárselo, podrán hacerlo siempre y cuando se encuentren en una distancia de al menos 2 metros y nunca cuando estén atendiendo clientes”.
“Se recomienda exhibir cartelería instructiva sobre medidas de seguridad para prevenir el contagio. Los espacios deberán permanecer ventilados”.
Además, la resolución expresa que estas medidas establecidas podrán ser ampliadas, modificadas o suspendidas en su parte dispositiva acorde a la circunstancia y según lo determinen los protocolos de orden Nacional, Provincial y Municipal.